Impacto del Artículo 36A en operaciones IMMEX y NOMs
El Artículo 36-A de la Ley Aduanera de México es la columna vertebral de los trámites de importación en el país. En términos simples, este artículo establece los requisitos documentales que se deben presentar ante la aduana al realizar una importación, ya sea de forma electrónica a través de la Ventanilla Única (VUCEM) o en físico en casos especiales. Es uno de los fundamentos legales más importantes para asegurar el cumplimiento aduanal, pues define con precisión qué documentos deben transmitirse o entregarse para que una operación de importación sea válida y fluya sin contratiempos. En otras palabras, el Art. 36-A actúa como checklist obligatorio para importadores, agentes aduanales y freight forwarders, indicando la documentación mínima necesaria en cada embarque.
¿Por qué el Artículo 36-A es crucial para importadores?
Desde un punto de vista estratégico, el Artículo 36-A garantiza transparencia y uniformidad en las operaciones de importación. Al exigir de manera explícita ciertos documentos, se busca que toda mercancía que ingresa al país lo haga con la información correcta sobre su valor, origen, clasificación y cumplimiento regulatorio. Esto protege tanto al fisco como a los importadores: por un lado, evita evasión de impuestos o ingreso de mercancía prohibida; por otro, le da seguridad jurídica al importador de que, cumpliendo estos requisitos, su mercancía no debería ser detenida arbitrariamente.
En la práctica, este artículo obliga a planificar la logística 4PL y operativa considerando tiempos y procesos para reunir y transmitir todos los documentos. Por ejemplo, un forwarder o 4PL debe cerciorarse de tener la factura comercial y certificados necesarios antes de que el buque atraque o el camión llegue a la frontera. El impacto es significativo en la eficiencia: si falta algún documento clave, la carga puede quedar varada en aduana, generando costos por almacenaje, demoras e incluso sanciones. Mantener el cumplimiento documental al día se ha vuelto parte de las mejores prácticas logísticas para ser competitivos en México y Norteamérica.
Impacto del Artículo 36-A en operaciones IMMEX
Un caso particular donde el Art. 36-A juega un papel crítico es en las operaciones IMMEX. El programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) permite a empresas importar insumos temporalmente sin pagar impuestos, con el compromiso de exportar productos terminados en un plazo definido. Dado este beneficio, las autoridades aduaneras ponen especial atención en que estas importaciones temporales cumplan cabalmente con los requisitos documentales y retornos establecidos. De hecho, el Artículo 36-A, fracción IV, menciona explícitamente casos como IMMEX, devoluciones y muestras como escenarios especiales que requieren manejo documental particular.
¿Por qué es tan relevante aquí? Pensemos que las empresas IMMEX realizan un volumen gigantesco de importaciones: insumos, maquinaria, partes y piezas que luego serán exportadas como bienes manufacturados. Estas importaciones IMMEX representan el 43% de las importaciones totales de México, demostrando su peso en el comercio nacional (es.linkedin.com). Un simple error documental bajo 36-A en una empresa IMMEX puede tener un efecto dominó: retrasar producción, incumplir pedidos de exportación y poner en riesgo los ahorros fiscales del programa.
"De hecho, las importaciones IMMEX representan el 43% de las importaciones totales, lo que demuestra la confianza de las empresas extranjeras en el mercado mexicano." – Charlie Nova, Mundo Aduanero.
Contexto y desafíos
Bajo IMMEX, cada pedimento de importación temporal debe ligarse luego a un pedimento de exportación (o de retorno) para demostrar que los insumos importados salieron del país transformados en producto final. Si al momento de la importación no se anexan bien los documentos (facturas, permisos, etc.), la cadena se rompe desde el inicio. Además, las autoridades (SAT y la Agencia Nacional de Aduanas, ANAM) realizan auditorías específicas a operaciones IMMEX para verificar que no haya desvíos de mercancía al mercado nacional. Por ejemplo, en 2023 el SAT inició 324 actos de fiscalización a importaciones temporales de empresas IMMEX en solo seis meses (treid.com.mx), detectando irregularidades y generando créditos fiscales cuando correspondía.
En términos prácticos, el Art. 36-A impacta a IMMEX en que no hay margen para errores: si un insumo entró sin documento, o con datos incorrectos, al momento de su retorno o regularización tendrás problemas para comprobar su salida legal. Peor aún, si una empresa IMMEX reincide en incumplimientos documentales, podría enfrentar la suspensión o cancelación de su programa (lo que equivale a perder los beneficios fiscales y arancelarios, un golpe letal para su operación).
Recomendaciones para IMMEX
- Fortalece tus controles de inventarios y documentación. Programas IMMEX están obligados a llevar sistemas de control (Annex 24) detallados; alinea esos sistemas con tu gestión documental para que cada entrada tenga su soporte.
- Capacita a tu equipo en fracción IV del 36-A. Asegúrate de que conozcan las particularidades, por ejemplo, ciertos identificadores en pedimento que se usan para declarar importaciones temporales o transferencias entre maquilas.
- Simula auditorías internas. Periódicamente revisa expedientes de importaciones pasadas: ¿Está la factura, BL, certificados completos? ¿Coinciden los números de serie (si aplica) con lo declarado? Detectar fallas de forma proactiva te permitirá corregir antes de una inspección oficial.
- Asóciate con expertos. Un proveedor logístico 4PL especializado en maquila o un buen agente aduanal con experiencia IMMEX puede ser la diferencia. Ellos saben que documentos extra pueden necesitarse (por ejemplo, identificadores individuales en factura para maquinaria, que la regla 7.3.3 de comercio exterior flexibiliza para ciertas empresas certificadas). Aprovéchate de su conocimiento para cumplir al 100%.
En resumen, el Artículo 36-A en IMMEX no es solo un requisito legal, sino parte integral del modelo de negocio. La eficiencia y éxito de una empresa IMMEX dependen en gran medida de qué tan ordenada y cumplida tenga su documentación aduanera. El premio es grande (ahorros en impuestos, facilidades logísticas), pero el incumplimiento conlleva riesgos equivalentes. Como directivo o gerente de una empresa IMMEX, debes ver al 36-A como tu mejor aliado para mantener tu programa en regla y proteger la continuidad de tus operaciones internacionales.
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Mercancías sujetas a NOM: cumplimiento y mejores prácticas
Otro ámbito donde el Artículo 36-A tiene un impacto significativo es en las importaciones de mercancías sujetas a Normas Oficiales Mexicanas (NOM). Estas normas son regulaciones técnicas obligatorias en México que abarcan desde seguridad eléctrica, etiquetado comercial, salud, medio ambiente, hasta eficiencia energética, entre otras. Muchas mercancías de consumo (electrónicos, juguetes, alimentos, textiles, autopartes, etc.) deben cumplir con NOMs específicas al ingresar al país, lo que típicamente implica presentar un certificado o dictamen de cumplimiento emitido por una unidad verificadora o laboratorio acreditado.
El Artículo 36-A incorpora este tema al requerir, dentro de los documentos obligatorios, aquel que compruebe el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, particularmente las NOM cuando sean aplicables. ¿Qué significa esto en la práctica? Que si importas, digamos, electrodomésticos (que caen bajo NOM-003 de seguridad eléctrica), deberás adjuntar el certificado NOM correspondiente en tu pedimento. Si no lo haces, la aduana no te permitirá despachar la mercancía para su venta en territorio nacional.
La Secretaría de Economía detectó que el 60% de las importaciones ingresan a México al amparo de una 'carta de no comercialización', es decir, sin acreditar el cumplimiento con NOMs... (2018).
A raíz de esa situación, las autoridades endurecieron las medidas: hoy en día, incluso si ingresas mercancía con la intención de etiquetarla o certificarla en territorio nacional antes de venderla, debes seguir procedimientos muy específicos (como las llamadas “cartas de no comercialización” vinculadas a garantías o las excepciones del Anexo 2.4.1 para muestras, etc.). En pocas palabras, ya no es fácil evadir el cumplimiento de las NOM en aduana. Si tu producto está sujeto a una NOM de información comercial, seguridad o salud, tendrás que planificar su cumplimiento antes de la importación para evitar que quede detenido.
Impacto en sectores industriales
Empresas de sectores como el electrónico, juguetero, automotriz, textil y muchos otros deben tomar muy en serio este punto. Por ejemplo, un fabricante de equipos electrónicos que importa componentes puede requerir que esos componentes cumplan NOM de seguridad, o de lo contrario no podrá incorporarlos en productos para el mercado mexicano.
Del mismo modo, importadores de equipos usados (maquinaria, vehículos) a veces se enfrentan a NOMs de emisiones o estándares técnicos que, de no cumplirse, impiden la importación definitiva. Incluso en la logística de cargas proyecto (maquinaria especializada, equipos industriales sobredimensionados) puede haber NOMs aplicables de seguridad industrial o ambiental. Y ni qué decir de bienes de consumo: es muy común ver rechazos de importación de lotes de juguetes, textiles o electrónicos porque carecían del certificado NOM al arribo.
Mejores prácticas para cumplir con NOMs en importación
- Consulta el Anexo 2.4.1 anticipadamente. Este anexo (también llamado Acuerdo de NOMs) lista las fracciones arancelarias y sus NOM aplicables. Verifica si tu producto lo incluye y qué norma exige. No asumas que “no aplica”; revisa fuentes oficiales o consulta a un especialista en comercio exterior.
- Obtén certificados NOM antes de embarcar. Lo ideal es que, si tu mercancía lo requiere, tramites el certificado NOM con un organismo acreditado antes de la importación. Así podrás adjuntarlo en VUCEM con el pedimento. Por ejemplo, si importarás luminarias sujetas a NOM-031, acude a un laboratorio acreditado, somete muestras y consigue el certificado; más vale invertir tiempo previo que pagar almacenajes o multas después.
- Usa los programas de cumplimiento alternativo cuando apliquen. Existe la posibilidad de importar bajo ciertas dispensas (por ejemplo, mercancía para demostración, muestras de laboratorio o importaciones temporales para exposiciones), donde no necesitas cumplir la NOM en el punto de entrada. Pero ojo: estas excepciones tienen límites estrictos en cantidades y usos. Si vas a usarlas, asegura documentar bien la exención (p.ej., las llamadas “constancias de no comercialización” emitidas por SE) y cumple con las condiciones (como reexportar las muestras no utilizadas, etc.).
- Etiqueta y certifica post-aduana si está permitido, pero con rapidez. En algunos casos, las NOM de etiquetado permiten que importes el producto y lo etiquetes en almacén general antes de su distribución, siempre y cuando garantices que no se comercializará sin las etiquetas. Si te acoges a esto, trabaja contrarreloj: recibe la carga, etiqueta conforme a NOM inmediatamente y ten lista la verificación para liberar la garantía ante la autoridad.
- Asesórate con tu forwarder o broker aduanal. Los agentes de carga y brokers con experiencia conocen bien qué NOMs dan más problemas y cómo afrontarlas. Por ejemplo, pueden sugerirte traducciones de manuales, adecuaciones de empaque o recomendaciones de laboratorios reconocidos. Apóyate en ese conocimiento para no navegar solo el laberinto regulatorio.
Cumplir con las NOM en el contexto del Art. 36-A no es solo un tema legal, sino de calidad y confianza para tu negocio. Al asegurarte que tus productos cumplen con los estándares mexicanos, también le estás ofreciendo al cliente final la garantía de que el producto es seguro y está correctamente etiquetado. Integrar el cumplimiento NOM en tu cadena logística, en lugar de verlo como un trámite separado, hará tus operaciones más fluidas. Recuerda: más vale invertir en cumplimiento que pagar con creces las consecuencias de la no conformidad.